Coordinador de seguridad y salud
Técnico competente, integrado en la dirección facultativa y designado por el promotor, que coordina la aplicación de los principios de prevención y seguridad durante la ejecución de la obra. Existe también un coordinador para la fase de elaboración del proyecto.
Revisado el 02/11/2026.
Definido en el artículo 2.1.e y f del Real Decreto 1627/1997; sus funciones durante la ejecución están en el artículo 9.
Fuente: Real Decreto 1627/1997, seguridad y salud en las obras de construcción (BOE) (leída el 2026-11-02).